El Gobierno acaba de presentar una propuesta de reforma de la Constitución para “crear” un derecho al aborto. La fórmula aprobada en el Consejo de Ministros contempla un nuevo apartado en el artículo 43.4 de la Constitución que reconocería “el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo”. Y específica: “El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva”.
Lo primero que debemos señalar es que esta propuesta de reforma tiene un objetivo claro: “blindar” al máximo el aborto, limitando, e incluso negando, el derecho de los médicos y enfermeras a la objeción de conciencia.
No obstante, conviene tener en cuenta lo siguiente:
1.Nuestra Constitución sitúa el derecho de “todos” a la vida (artículo 15) y la libertad ideológica, religiosa (artículo 16), en la que se apoya la objeción de conciencia, en la Sección 1ª, Capítulo II de la Constitución, titulada “De los derechos fundamentales y de las libertades públicas”. Se trata, por lo tanto, de derechos de la máxima categoría y con el mayor peso dentro del orden constitucional, ya que imponen a los poderes públicos el deber de garantizar su efectiva vigencia.
2.La “estrategia” de nuestro Gobierno consiste en situar un supuesto “derecho al aborto” en el artículo 43, que se refiere al derecho a la salud. Frente a ello cabe alegar:
a) La manipulación ideológica que implica el considerar el aborto como parte del derecho a la salud.
b) Que el artículo 43 se sitúa en el Capítulo III de la Constitución, titulado “De los principios rectores de la política social y económica”. Por ello, en realidad no se estaría reconociendo como un derecho fundamental, sino como un principio rector de la política social. En consecuencia, no existiría una obligación de los poderes públicos de garantizar en todo caso su cumplimiento, al no ser, propiamente, un derecho fundamental.
En definitiva, la “estrategia” del Gobierno no sólo implica una clara manipulación ideológica, al vincular el aborto con la salud; también podría tener el efecto contrario al buscado ya que, al pretender ampararlo bajo los principios rectores de la política social y económica, lo rebajaría a un nivel de garantía menor que el actual.
Angela Aparisi Miralles
Catedrática de Filosofía del Derecho y Asesora Jurídica de AEFAS