La objeción de ciencia es un elemento que ayuda a realizar una atención farmacéutica dirigida al bien del paciente, y coherente al prestigio profesional que nos corresponde salvaguardar y promocionar

Sonsoles Navarro-Rubio, miembro de la Asociación Española de Farmacia Social (AEFAS) presento la ponencia titulada “La Objeción de Ciencia Farmacéutica: la evidencia científica del medicamento como criterio deontológico en la libertad de dispensación” en el XI Congreso de la Asociación Española de Bioética y Ética Médica.

“La objeción de ciencia es un elemento que ayuda a realizar una atención farmacéutica dirigida al bien del paciente, y coherente al prestigio profesional que nos corresponde salvaguardar y promocionar”.

Sonsoles considera a la objeción de ciencia como antesala de la objeción de conciencia y en su exposición realizó un análisis previo de carácter jurídico para situarlo en su contexto; bioético para su fundamentación; por último, terminó con el deontológico para su aplicación. 

Navarro-Rubio afirmó con rotundidad que “La objeción “de ciencia” en cuanto que autoimposición de la no-dispensación, tiene su amparo en el conocimiento científico del daño directo. Si la objeción es de ciencia, no de conciencia, la comprensión del daño que se produce en la dispensación no se genera en términos de alternativa, ni médica ni moral, sino por un conocimiento claro de que la dispensación producirá un daño. No es una acción de doble efecto (el “mal menor”) sino de un único efecto: el lesivo. Por tanto la objeción es en realidad no contra el hecho, sino contra la ley. El plano en el que debemos movernos es en el de la ley injusta, no por permisiva, sino porque o mata o daña. Siendo ese su efecto único y directo. Sin beneficio médico”. 

En conclusión, “el profesional sanitario no es y no debe convertirse nunca en un ciego ejecutor de una solicitud del paciente,  ni debe dejarse llevar por intereses ajenos a la protección de la salud; deber ser crítico y tener presente que el medicamento fue diseñado como instrumento de salud no como bien de consumo. El mecanismo de acción que la ciencia del fármaco plantea y propone debe ser guía y brújula sobre la que todo farmacéutico se apoye para orientar al paciente en el mejor tratamiento, tras una dispensación – que no es una simple transacción económica – responsable y leal”.

Sonsoles Navarro-Rubio

Miembro de la Asociación Española de Farmacia Social (AEFAS)

2019-01-18T12:01:57+00:0030/10/2017|